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Anticipos

 

ANTICIPO ESPECIAL DE LA PÓLIZA MUTUAL

Tiene el propósito de auxiliar a aquellos asociados que no disponen de los medios económicos necesarios para solventar o mitigar la situación que se les presenta por problemas de salud o discapacidad.

Rango por edad

Monto máximo de anticipo por asociado

Entre 30 años y menos de 35 años

¢400.000,00

Entre 35 años y menos de 50 años

¢1.000.000,00

Entre 50 años y menos de 60 años

¢1.250.000,00

De 60 años y más    

¢1.800.000,00


PLANES DE INVERSIÓN

PLAN A

Este beneficio se otorga a los asociados que estén sometidos a un tratamiento médico especializado en la Caja Costarricense de Seguro Social y deban ser enviados al exterior a continuar el tratamiento, para cuyo objetivo requieran de recursos económicos adicionales que esa Institución no suministre.

 

PLAN B

Este beneficio se otorga a los asociados que estén sometidos a un tratamiento médico por la Caja Costarricense de Seguro Social y que para cumplirlo requiera de otros servicios médicos adicionales, cirugías, medicinas, aparatos ortopédicos, prótesis y otros aditamentos necesarios no suministrados por aquella Institución.  Los servicios médicos de odontología por razones suntuosas, así como las cirugías realizadas previo a la solicitud del Anticipo Especial, no se contempla en este beneficio.  Se exceptúan aquellas cirugías que por la edad y/o el estado de salud del asociado se consideren de emergencia.  La solicitud deberá presentarse en un plazo máximo de 90 días a partir de la fecha de su realización.

 

PLAN C

Este beneficio se otorga a los asociados que se encuentran en estado de abandono o desamparo o presenten algún tipo de discapacidad permanente, debidamente comprobados y sus ingresos sean insuficientes para cubrir sus necesidades básicas o compra de medicamentos.

  • Los gastos por atención médica serán aprobados únicamente cuando no sean cubiertos por la Caja Costarricense de Seguro Social.
  • El monto máximo por anticipo especial será, sin excepción, de un millón y medio de colones, según el rango de edad.

  • El trámite de las solicitudes estará en función de la disponibilidad presupuestaria de la Institución.

 

 

I- CONDICIONES GENERALES

 

  • Haber cotizado para el sistema mutual un mínimo de 120 cuotas (10 años).

  • Haber formalizado el expediente de seguro mutual (formulario designación de beneficiarios)

  • Estar al día con sus obligaciones con la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional.
  • Presentarse de manera personal a oficinas centrales o cualquiera de nuestras sucursales a retirar la lista de requisitos para el trámite.
ANTICIPO ESPECIAL POR ENFERMEDAD TERMINAL

 

Su propósito es el de auxiliar a los asociados a solventar o mitigar la situación que se les presenta a raíz del padecimiento de una enfermedad terminal esto
Independientemente de su edad.

Este anticipo se concede un monto máximo de ¢2.000.000,00 a entregar en dos tractos cada uno de la mitad de la suma aprobada.

 

I- CONDICIONES GENERALES

      • Haber cotizado al menos treinta y seis cuotas consecutivas para la póliza mutual.
      • Haber formalizado su expediente de Seguro Mutual y estar al día en sus obligaciones con la Sociedad.
      • Aportar certificado médico extendido exclusivamente por la C.C.S.S., en el que se haga constar la enfermedad que padece, así como que la misma se encuentra en estado terminal.