
REGULACIONES DE LA PROMOCIÓN
CONTÁCTENOS Y GANE
PRIMERO: ANTECEDENTE Y DEFINICIÓN:
Esta promoción pertenece y es patrocinada por la SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL, en adelante denominada la Sociedad, que con ocasión del contacto con sus afiliados para la actualización de datos ha decidido realizar para su disfrute, tres sorteos durante el año 2012, que permitirá a 30 participantes ser favorecidos con los premios cuyas características en adelante se indican y detallan en esta normativa, siempre y cuando sean acreditados como ganadores del sorteo.
SEGUNDO: PARTICIPANTES Y PERÍODO DE LA PROMOCIÓN
Podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de edad que, de conformidad con el artículo 496 del Código de Educación, sean afiliadas de la Sociedad en el año 2012 por así constar en su sistema informático, siempre y cuando tengan su póliza mutual activa al momento del sorteo, hayan actualizado sus datos entre el 1° de marzo y el 14 de agosto de 2012 para el primer sorteo, 1° de marzo y el 22 de noviembre de 2012 para el segundo sorteo y del 1° de marzo al 7 de diciembre de 2012 para el tercer sorteo, estén al día tanto en el pago de su póliza mutual, como en el pago de deudas tanto en la condición de fiador, de deudor o cualquier otra obligación con la Sociedad y tener su expediente formalizado.
La promoción es por tiempo limitado. Inicia el 1° de marzo de 2012 y finaliza el 7 de diciembre de 2012.
TERCERO: FORMA DE PARTICIPAR
Los asociados deberán actualizar, completar o incluir sus datos personales referentes a la dirección en las oficinas centrales o sucursales de la Sociedad, vía telefónica o electrónica. Al realizar ese trámite, se les asignará un número vía sistema informático con el que participarán en los tres sorteos. La Sociedad llevará un registro del número que se le asigne a cada asociado participante.
El número se otorgará una sola vez, independientemente de las veces que el asociado se presente a actualizar, completar o incluir sus datos personales. Si un asociado no sale favorecido en el primer o segundo sorteos su número le servirá para participar en el siguiente.
Si un asociado antes del día de la celebración de los sorteos, a saber, el 14 de agosto de 2012 para el primero, el 22 de noviembre de 2012 para el segundo y el 7 de diciembre de 2012 para el tercer sorteo ha fallecido, se encuentra en condición de inactivo, en cobro administrativo, cobro judicial o moroso en alguna de sus obligaciones con la Sociedad, aunque tenga un número asignado y salga favorecido, no tendrá derecho al premio.
De suceder esto, el sorteo se volverá a realizar hasta que resulte un favorecido que cumpla con los requisitos para hacerse acreedor al premio.
Cada asociado recibirá un certificado en el que constará el número con el que participará en los sorteos, así como las condiciones más importantes de esta promoción.
La Sociedad garantiza que el certificado tendrá una numeración corrida y además, aclara que la presentación del certificado no es una condición para reclamar el premio.
Aquellos afiliados que además compren en la Sociedad o en sus sucursales un seguro autoexpedible recibirán un número adicional para participar en el sorteo.
Se otorgará un número independientemente de la cantidad de seguros autoexpedibles que el afiliado adquiera.
Los afiliados tendrán como máximo dos números asignados según corresponda.
La Sociedad llevará un registro del número que se le asigne a cada afiliado participante.
CUARTO: FECHA DE REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS
El primer sorteo se realizará el 14 de agosto de 2012, el segundo el 22 de noviembre de 2012 y el tercero el 7 de diciembre de 2012, todos las 9:00 de la mañana en las oficinas centrales de la Sociedad, sitas en San José, calle primera, avenidas ocho y diez, ante Notario Público y en presencia de miembros de la Junta Directiva de la Sociedad, la Administradora General, el Auditor General y la Jefa de Promoción y Divulgación.
QUINTO: SORTEO
El sorteo será al azar y a cada afiliado participante se le otorgará un número compuesto por seis dígitos.
En el sorteo habrá seis tómbolas que contendrán los números que combinados servirán para determinar el ganador. Esto aplica hasta un máximo de ciento cincuenta mil números.
Para realizar el sorteo y determinar los ganadores, una persona designada sacará de cada tómbola cada uno de los números, comenzando por las unidades, decenas, centenas, unidades de millar, decenas de millar y finalmente las centenas de millar.
Se considerará ganador el número que concuerde plenamente y en el mismo orden con el número obtenido en el sorteo.
SEXTO: PREMIOS
En total se obsequiaran 30 órdenes de compra de ¢300.000,00 en la cadena de almacenes Walmart, distribuidos de la siguiente manera:
10 órdenes de compra en cada uno de los sorteos. En el último de ellos el 7 de diciembre, además se rifarán:
- Dos motocicletas tipo Scooter Freedom, modelo FR-CIENTO CINCUENTA T-DIEZ, categoría: motor monocilíndrico SOHC de cuatro tiempos, un cilindro, capacidad: dos personas, transmisión: automática, combustible: gasolina, tracción: sencilla, cilindrada: ciento cincuenta centímetros cúbicos, frenos: trasero tambor, arranque: eléctrico CDI.
- Dos pantallas plasma marca Panasonic de 42”.
Los afiliados favorecidos en los sorteos tendrán un plazo máximo de un mes para retirar su premio, contado a partir del momento en que se haga de conocimiento público el resultado del sorteo en un medio de circulación nacional. En la eventualidad de que no se presentase reclamo alguno dentro de ese plazo, se considerará caduco su derecho, de modo tal que la Sociedad lo sorteará nuevamente entre los afiliados.
Los premios serán entregados en las oficinas centrales de la Sociedad.
SÉTIMO: RESTRICCIONES
a) La publicidad y el certificado de participación llevarán impresa la frase “aplican restricciones” en advertencia de que la participación de los afiliados, los alcances de esta promoción y su premio son los que se indican en estas regulaciones.
b) Únicamente podrán participar personas mayores de 18 años, que tengan su póliza mutual activa, hayan revisado y actualizado sus datos entre el 1° de marzo y 7 de diciembre de 2012, estén al día en el pago de deudas tanto en su condición de fiador como de deudor o cualquier otra obligación con la Sociedad y tengan su expediente formalizado, de acuerdo con las fechas establecidas en el punto segundo de esta normativa.
c) Los premios no son transferible a terceros, así como tampoco pueden canjearse por dinero en efectivo. En tal sentido, se entregará únicamente a la persona que resulte favorecida.
d) El ganador no podrá reclamar otras características y condiciones en el premio que no sean las especificadas en este reglamento.
e) Si el ganador no desea aceptar su premio o sus condiciones, se dejará constancia de ello e implicará que el premio se tiene por renunciado y, por ende, extinguido cualquier derecho, sin poder plantear por parte del ganador ningún tipo de reclamo.
f) Una vez retirado el premio en las oficinas centrales, el bien será responsabilidad del ganador por su propia cuenta y riesgo, exonerando a la Sociedad de toda responsabilidad.
g) La Sociedad podrá en forma inmediata suspender esta promoción, sin responsabilidad alguna de su parte, si llegare a detectar situaciones fraudulentas o una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente sus intereses. De ser el caso, se comunicará públicamente la fecha a partir de la cual queda sin efecto y se dará por terminada la promoción.
h) Los scooter y las pantallas que se dan como premio tendrán la garantía, características y calidades que el fabricante y su correspondiente distribuidor indiquen. Los favorecidos deberán leer y cumplir todas las instrucciones que le brinde el proveedor, así como las especificaciones técnicas indicadas en los folletos y material que se le ha entregado. Para este efecto, se le entregará al ganador el manual instructivo y las características de fábrica que acompañan la motocicleta y las pantallas, además de las indicaciones que en forma verbal se le hayan hecho.
i) El ganador se compromete a seguir las condiciones e indicaciones de acuerdo con las instrucciones de uso, para obtener una mejor vida útil de la motocicleta y de las pantallas. Todo reclamo respecto al uso o garantía deberá formularlo ante la empresa distribuidora o fabricante, respetando el plazo establecido, según la documentación que reciba al momento de la entrega del premio.
j) Tanto el funcionamiento como el mantenimiento de la motocicleta y de las pantallas será responsabilidad del ganador y deberá sufragarlos de su propio peculio.
k) Con el hecho de participar en esta promoción, el participante acepta las condiciones de regulación. El ganador autoriza que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y, en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamo por derechos de imagen, que se consideran cedidos en lo que atañe a esos avisos, con la sola aceptación de este reglamento y del premio del que resultare favorecido.
l) La Sociedad se reserva el derecho de escoger el color de las motocicletas ofrecidas como premio y entregará la motocicleta lista para su inscripción en el Registro Público de la Propiedad Mueble con el marchamo y la revisión técnica vehicular respectivamente cancelados. También cancelará los gastos de inscripción a favor del ganador en forma exclusiva y por única vez.
El ganador se apersonará ante el Notario que determine la Sociedad para firmar los documentos necesarios para que la motocicleta quede a su nombre, lo que implica su aceptación expresa de que conoce y acepta todas las limitaciones y condiciones que el premio tiene. Además, el favorecido será responsable por el buen uso de estos bienes, liberando de toda responsabilidad a la Sociedad por este concepto.
ll) El premio que aparece en la publicidad no necesariamente coincidirá con el que se va a entregar, debido a que se utiliza para fines publicitarios.
m) Quedan excluidos de participar en esta promoción los directores, empleados de la Sociedad y de Seguros del Magisterio.
n) Si por motivo de caso fortuito o fuerza mayor la promoción tuviera que cancelarse, la única responsabilidad de la Sociedad será informar de ello a los participantes mediante medios de comunicación masiva.
OCTAVO: DIVULGACIÓN DEL GANADOR
La Sociedad publicará en su página web, así como en un medio de comunicación masiva los números favorecidos, así como el nombre y número de cédula de las personas a quien se le haya asignado.
NOVENO: RECLAMO DEL PREMIO
Quien resulte ganador, deberá cumplir con las condiciones establecidas en esta regulación y deberá ser mayor de edad. Para el retiro de su premio deberá presentar la cédula de identidad, pasaporte o cédula de residencia vigentes y en buen estado dentro del plazo definido para tal efecto, en las oficinas centrales de la Sociedad en su horario de oficina, a saber, de lunes a jueves, de las 8:00 a las 16:00 horas y el viernes de las 8:00 a las 15:30 horas.
El acto de reclamar un premio dará por un hecho que el reclamante conoce y ha aceptado la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, su premio y las condiciones de participación.
DÉCIMO: SUPLETORIEDAD
Cualquier asunto no previsto en estas regulaciones será resuelto por la Junta Directiva de la Sociedad, de conformidad con las normativas aplicables, específicamente la Ley de Promoción y Defensa Efectiva del Consumidor.
Para consultas adicionales de la reglamentación, los interesados pueden acudir a las oficinas centrales, a cualquier sucursal de la Sociedad, o visitar nuestra página web: www.segurosdelmagisterio.com