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poliza mutual vida

 

Póliza mutual de vida de la Sociedad de Seguros de Vida 

El valor asegurado es de ¢20.000.000,00 (veinte millones de colones) para cada uno de los trabajadores de la educación docentes y administrativos de instituciones públicas y privadas. En la Sociedad todos recibimos el mismo valor asegurado y pagamos la misma prima mensual, actualmente de ¢9.886 (nueve mil ochocientos ochenta y seis colones) .

 

Designación de beneficiarios
 
La designación de beneficiarios es el documento en donde los asociados (as) plasman su voluntad en cuanto a la distribución del valor asegurado.

La Sociedad le facilita el formulario de designación de beneficiarios, el cual puede ser llenado en las oficinas centrales de la Sociedad, sucursales o bien, se puede solicitar la fórmula por la vía telefónica o por carta,  y le será enviada en forma oportuna.


Firma Formulario de Designación

Si el documento se completa fuera de la Sociedad, el jefe inmediato o el jefe superior debe constatar la veracidad de los datos personales y firma en el espacio indicado o bien, puede ser autenticado por un abogado.  Además, deberá estamparse el sello de la Institución para la que trabaja o el sello del abogado que da fe de la firma y presentar la fórmula a la Sociedad  personalmente o remitirla por correo al apartado 2270 - 1000.

 

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR LA DESIGNACIÓN DE  BENEFICIARIOS DE LA PÓLIZA MUTUAL

 

  1. La designación puede llenarse en manuscrito,  asegúrese de utilizar un solo tipo de tinta y letra,  no use corrector líquido y evite tachones, puede llenarse también a máquina
  1. Escriba los nombres completos (tanto el suyo, como el de los beneficiarios y del administrador), tal como aparecen en la cédula de identidad. No utilice letras iniciales para el segundo nombre o segundo apellido.
  1. Verifique que su patrono esté reportando su nombre y número de cédula correcto a la Sociedad, y que se encuentre al día con el pago de la póliza.
  1. Puede nombrar tantos beneficiarios como usted desee, pero cerciórese de completar exactamente el 100%  (ni más - 100.1%, ni menos - 99.99%).
  1. Si nombra como beneficiarios a menores de edad, es necesario  indicar el nombre y número de cédula del administrador de esos dineros.
  1. La estipulación de gastos funerales debe ser precisa (sí o no), no es conveniente anotar monto ni porcentaje para este efecto.
  1. Debe indicar la fecha en que está completando la designación de beneficiarios en el espacio respectivo.
  1. Para que el documento tenga validez es indispensable firmarlo igual que en su cédula de identidad.
  1. Solicite a su superior inmediato, o a un abogado, que le den fe de su firma, anotando el nombre completo, firma, número de cédula y puesto que desempeña, así como también el sello respectivo.            
  1. Le recomendamos leer todas las normas que rigen la designación de beneficiarios que se encuentran al dorso del formulario.

SERVICIOS ADICIONALES

 

Gastos de funeral

Si el asociado determina en la designación de beneficiarios que de la póliza mutual se proceda a la cancelación de los gastos de funeral,  o bien,  si los beneficiarios así lo autorizan,  previa presentación de facturas, la Sociedad se encargará de tramitar el pago de los funerales,  deduciéndolo del monto de la póliza.

 

Pignoración de Póliza Mutual

Se entiende por pignoración,  el ceder a un acreedor (prestamista) en garantía la póliza mutual hasta por el monto de la deuda.

La póliza mutual responde hasta por el 50% del valor de la póliza, esto se saca  por la sumatoria de todos los préstamos que realice él asegurado en las instituciones con las cuales la Sociedad  tiene firmado un convenio de pignoración, que son las que a continuación se detallan:

  • Coopenae
  • Coopeande 1
  • Junta de Pensiones
  • Caja de Ande
  • Coopealianza
  • Coorporación
  • Coopemapro
  • Coopeande 5
  • Coopeande 6
  • Coopeande 7
  • Adep
  • Coopeuna
  • Sociedad (Equipo Ortopédico)
  • Colypro
  • Coopemep
  • Asociación
  • SSVMN AFUP
  • Coopesparta
  • Servicoop
  • Coopesalugo
  • Coopeorotina
  • Fondo Beneficio Social
  • Coopemex R.L
  • Coocique R.L

 

Las condiciones y requisitos para el otorgamiento de esos créditos son totalmente ajenos a la Sociedad, ya que están sujetos a las condiciones que establecen esas instituciones financieras.